Micelio
Auto16 de julio de 2015

A- de 2015

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Ministro De Hacienda Y Credito Publico

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El Ministro de Hacienda y Crédito Público solicitó a la Corporación la apertura del incidente de impacto fiscal sobre la sentencia C-291/15, particularmente en lo que se refiere a la aplicación del numeral segundo de la parte resolutiva, mediante la cual se declaró la exequibilidad condicionada del artículo 22 de la Ley 1607 de 2012.

Luego de verificar que la solicitud cumple con los requisitos formales de legitimación, competencia y oportunidad para ser analizada, la Corte Constitucional decidió conceder la apertura del incidente de impacto fiscal presentada y en consecuencia, otorgar al Ministro proponente el término de 30 días para sustentarlo.

Igualmente, le advirtió que, de no hacer uso del precitado término, el incidente será declarado desierto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONCEDER la apertura del incidente de impacto fiscal presentada por el Ministro de Hacienda y Credito Publico sobre la sentencia C-291 de 2015.
  2. Segundo. OTORGAR al Ministro de Hacienda y Credito Publico el termino de treinta (30) dias habiles para que sustente el incidente.
  3. Tercero. ADVERTIR al Ministro de Hacienda y Credito Publico que, de no hacer uso del termino para sustentar, el incidente se declarara desierto.
  4. Notifiquese, publiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
Salvamento parcialJorge Ignacio Pretelt ChaljubSalvamento parcialLuis Guillermo Guerrero PérezSalvamento parcialGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.